
PROMESA M,JUSTICIA DE LA NACION
"PROMESA" MINISTERIO JUSTICIA DE LA NACION
El Procedimiento de Mediación Prejudicial en Materia de Salud (PROMESA) ofrece a los ciudadanos una opción más económica para resolver conflictos de salud, mediante un trámite rápido, con plazos cortos. Favorece el diálogo entre las partes y permite llegar a una solución de manera eficiente y justa.
Ley 26.589
Procedimiento
El procedimiento de mediación previa será opcional para el reclamante en casos de conflictos de salud con entidades reguladas por las leyes números 23.660, 23.661 o 26.682. En estos casos, la entidad no podrá rechazar este proceso.
Este procedimiento debe realizarse antes de iniciar cualquier acción judicial relacionada con conflictos de salud, como amparos o medidas urgentes.
Si se inicia una acción judicial relacionada con el conflicto, se perderá la opción de usar la mediación prevista en este proceso.
Mediadores. Requisitos
- Los mediadores en materia de salud deberán facilitar la resolución de los conflictos entre los usuarios de servicios médico-asistenciales y las entidades públicas o privadas involucradas, respetando los derechos de las partes y promoviendo acuerdos mutuamente aceptables.
- Requisitos para ser mediador:
- Estar inscriptos en el capítulo Registro de Mediadores del Registro Nacional de Mediación con una antigüedad mayor a UN (1) año y no poseer sanciones vigentes
- Cursar y aprobar los programas de capacitación de contenidos específicos sobre los derechos en materia de salud, la normativa vigente y las técnicas de mediación previstas en este régimen
- Aprobar el examen de idoneidad.
Patrocinio letrado
La participación de las partes en las audiencias de mediación en el marco del Procedimiento de Mediación Prejudicial (PROMESA) requiere patrocinio o representación letrada.
Las personas que no cuenten con recursos económicos suficientes podrán solicitar el servicio de patrocinio jurídico gratuito a las entidades correspondientes, según las pautas que establezca el Ministerio de Justicia de la Nación.
Audiencias de mediación y procedimiento
- La selección del mediador resultará de un sorteo a llevarse a cabo ante la autoridad de aplicación, Ministerio de Justicia de la Nación.
- El mediador designado, dentro de los 5 días, fijará la primera audiencia a la que deben ir las partes.
- El mediador podrá convocar a las partes a las audiencias que considere necesarias para cumplir con los fines previstos en la ley
- El plazo máximo entre una audiencia y la siguiente, debiendo notificar a cada una de las partes con una antelación no menor a dos días.
- Si una de las partes no asistiera a la primera audiencia con causa justificada, el mediador fijará una nueva audiencia dentro de los cinco días hábiles subsiguientes.
- Si la incomparecencia de la parte requerida fuera injustificada, la parte requirente podrá optar por dar por concluido el procedimiento de mediación o solicitar una nueva audiencia.
- Si la parte requirente no asistiera en forma injustificada, deberá iniciar un nuevo procedimiento de mediación prejudicial.
- Si durante el proceso de mediación el mediador tomara conocimiento de circunstancias que impliquen un grave riesgo para la integridad física, psíquica o para la vida del reclamante, dará por finalizada la mediación inmediatamente y se harán constar dichas circunstancias en el acta de cierre, que le será extendida al requirente a sus efectos.
Aranceles y costo
El reclamante deberá acreditar, mediante la exhibición del comprobante del depósito efectuado en la cuenta oficial correspondiente, el pago de un arancel por el monto que establecerá el el Ministerio de Justicia de la Nación.
La parte requirente, al momento de solicitar la intervención del mediador o de entregarle la documentación, deberá abonar al el Ministerio de Justicia de la Nación los costos que insuman las notificaciones a las partes requeridas.
Conclusión de la mediación y honorarios
- Mediación finalizada con acuerdo. El pago estará a cargo de la parte requerida.
- Mediación finalizada sin acuerdo. El fondo de financiamiento creado por el artículo 48 de la Ley 26.589 y sus modificatorias tomará a su cargo el pago del honorario al mediador.
- Mediación desistida. Si el requirente desistiera de la mediación encontrándose ya el mediador notificado de su designación y aún no se hubiere celebrado la primera audiencia, los honorarios se reducirán a la mitad. El desistimiento deberá notificarse fehacientemente al mediador y el requirente deberá abonar en dicha oportunidad los honorarios correspondientes.
- Los apoderados del Ministerio de Salud no tendrán derecho a percibir en concepto de honorarios suma alguna.
INSCRIPCION CAPACITACION PROMESA
Estimados mediadores:
Se remite el presente a efectos de invitarlos a participar de las jornadas de capacitación básica del "Procedimiento de Mediación Prejudicial en Materia de Salud" (PROMESA), se ruega leer la totalidad del correo.
El curso será dictado bajo la modalidad a distancia.
A través del siguiente link podrá inscribirse para participar de la capacitación https://complementos.jus.gov.ar/InscripcionCursos/Formulario/DNMMPRC-CursoPROMESA-22septiembre2025
En ese sentido se informa que el plazo para inscribirse culmina el jueves 18 de septiembre a las 19 hs.
• REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN
1. Mediadores de la Capital Federal que ya integran el Registro Nacional de Mediación:
a) Estar inscriptos en el capítulo Registro de Mediadores del Registro Nacional de Mediación con una antigüedad mayor a UN (1) año y no poseer sanciones vigentes al momento de la solicitud de incorporación.
b) Haber cumplido con la actualización obligatoria de datos.
2. Mediadores de los registros provinciales de mediación: eventualmente se les requerirá acreditar la siguiente documentación:
a) Título de abogado o constancia de inscripción en Colegio Profesional de abogados (salvo que la condición de abogado fuera excluyente para ser mediador en su provincia).
b) Inscripción vigente en un Registro Provincial de Mediación (no serán válidas las inscripciones en foros), con antigüedad mínima de un (1) año.
c) Certificado de inexistencia de sanciones disciplinarias vigentes en el Registro Provincial de Mediación en el que se encuentre inscripto.
LA DOCUMENTACIÓN DEBERÁ SER APORTADA COMPLETA Y EN UN ÚNICO CORREO A LA CASILLA: consultasmediacion@jus.gob.ar. Aquellos que se inscriban podrán hacerlo, como se dijo, hasta el 18.09.2025. Sin perjuicio de ello, la documental solicitada podrán aportarla hasta el 01.10.2025 inclusive.
LA COMPROBACIÓN DE LA TOTALIDAD DE LOS REQUISITOS Y DE LA DOCUMENTACIÓN ES CONDICIÓN EXCLUYENTE PARA APLICAR AL EXAMEN DE IDONEIDAD, SIN PERJUICIO DE LAS DEMÁS EXIGENCIAS QUE SURGEN DE LA NORMATIVA APLICABLE (por ejemplo, la asistencia al 80% de las jornadas de capacitación).
Encontrarán adjunto al presente el CRONOGRAMA DE LA CAPACITACIÓN Y LAS INSTANCIAS DEL EXAMEN DE IDONEIDAD.
Las jornadas se realizarán a través de la plataforma ZOOM:
Enlace de acceso: https://zoom.us/j/99804975758
ID de reunión: 998 0497 5758
Se sugiere la consulta de la normativa relativa a PROMESA (DNU N° 379/2025, Resolución Conjunta entre el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Salud N° 1/2025, Resolución ex MJYDH N° 2740/2012 y sus modificatorias y Disposición DNMYMPRC N° 41/2025), así como el régimen nacional de mediación, compuesto por la Ley N° 26.589, su normativa modificatoria y complementaria.
La dudas relativas al presente deberán ser remitidas a la casilla de correo electrónico: consultasmediacion@jus.gob.ar.
Aquellas personas que se inscriban correctamente y cursen de manera regular estas jornadas de capacitación quedarán automáticamente inscriptas a la instancia de idoneidad (06.10.2025 Y 07.10.2025). Los profesionales que realizaron las capacitaciones del mes de agosto deberán inscribirse manualmente. En breve recibirán actualizaciones al respecto.
Saludos cordiales.
Florencia Zicavo
Jefa de Gabinete de Asesores
Ministerio de Justicia
📅 CRONOGRAMA – CAPACITACIÓN PROMESA
Total de horas de capacitación: 24 horas
22/09 – Horario de 14 a 17hs.
Jornada 1: PROMESA como política pública de Estado
23/09 – Horario de 14 a 17hs.
Jornada 2 – Sistema de salud argentino: estructura y actores
24/09 – Horario de 14 a 17hs.
Jornada 3 – Derecho a la salud: visión constitucional y convencional
25/09 – Horario de 14 a 17hs.
Jornada 4 – Dimensión clínica del conflicto sanitario
29/09 – Horario de 14 a 17hs.
Jornada 5 – Procedimiento PROMESA: estructura, actos y operadores institucionales
30/09 – Horario de 14 a 17hs.
Jornada 6 – Rol del mediador en salud: ética, enfoque humanizado y habilidades profesionales
01/10 – Horario de 14 a 17hs.
Jornada 7 – 1ER GRUPO Prácticas simuladas: conflictos frecuentes en PROMESA
02/10 – Horario de 14 a 17hs.
Jornada 8 – 2DO GRUPO Prácticas simuladas: conflictos frecuentes en PROMESA
06/10 – Examen escrito – Horario de 11 hs.
07/10 – Examen oral – Horario a partir de las 9hs
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